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Pausan 90 días impugnaciones a solicitudes de información


Arturo Sánchez Jiménez

 

Periódico La Jornada
Domingo 30 de marzo de 2025, p. 8

Tras la desaparición del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), las nuevas leyes en materia de transparencia establecen que las solicitudes de información siguen siendo el medio para acceder a datos públicos no disponibles en la Plataforma Nacional de Transparencia o portales oficiales.

Y si un ciudadano no está conforme con la respuesta que reciba su solicitud, podrá impugnarla.

Sin embargo, durante los próximos tres meses, si bien se pueden presentar solicitudes, los plazos de todos los medios de impugnación están suspendidos en distintas instancias del Estado.

Los recursos de revisión y otros medios de impugnación que sean promovidos ante el Poder Judicial de la Federación, la Cámara de Diputados y el Senado, los sindicatos, los partidos políticos y los órganos autónomos, quedarán en pausa durante 90 días, mientras dichas instancias adecuan sus estructuras y normatividad internas.

En tanto, en la ley anterior, se señalaba que correspondía al INAI resolver los recursos de impugnación interpuestos por la ciudadanía ante respuestas de instancias federales. Con la nueva norma, esta responsabilidad corresponde al organismo llamado Transparencia para el Pueblo. En este caso, los plazos están vigentes.

En 2024, se presentaron 269 mil 423 solicitudes de acceso a la información, 738 al día en promedio, mientras que 6 por ciento de las respuestas fueron impugnadas por la ciudadanía, de acuerdo con datos del extinto INAI.

En adelante, las autoridades podrán negar información cuando se trate de datos sobre materiales o instalaciones nucleares, sistemas tecnológicos, energéticos, espaciales, satelitales, de telecomunicaciones o defensa operados por el gobierno federal.



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