
Una enfermera del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) perdió su trabajo y fue inhabilitada por seis meses después de golpear a un menor de edad.
La inaceptable acción de la trabajadora de salud ocurrió luego de que el pequeño paciente se negara a recibir la atención médica.
La enfermera efectuó el golpe contra el menor de edad a manera de reprimenda y motivada bajo un alto estrés laboral.
Tras su despido, la trabajadora del IMSS llevó su caso a los tribunales para revertir la sanción en su contra.
El caso fue publicado en la página de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), resguardando la identidad tanto del paciente agredido como de la enfermera agresora. Esta es la historia.

De acuerdo con la tesis I.20o.A.27 A (11a.) con número de registro digital 2028849, todo comenzó cuando el menor de edad ingresó a un hospital perteneciente al Instituto Mexicano del Seguro Social.
Diversas complicaciones de salud obligaron a los médicos a intervenir quirúrgicamente al pequeño paciente.
Sin embargo, el menor se mostró renuente a recibir la atención médica que necesitaba, haciendo difícil su labor al personal del IMSS.
El comportamiento reacio del paciente no cesó y la tensión con los profesionales de la salud aumentó, hasta que una de las enfermeras golpeó al niño.
“Una persona menor de edad ingresó a un hospital del Instituto Mexicano del Seguro Social para ser intervenida quirúrgicamente y al estar renuente a permanecer hospitalizada, una enfermera la golpeó”, se lee en la sentencia.

La inaceptable reacción de la enfermera hizo que el caso llegara hasta el Órgano Interno de Control del IMSS quien falló en su contra.
Su sanción fue la destitución de su cargo como personal de salud, así como una inhabilitación de seis meses para ejercer cualquier puesto en el servicio público.
La enfermera no se quedó con los brazos cruzados y promovió un juicio de nulidad contra la sanción del Órgano Interno de Control.
En su defensa, la trabajadora del IMSS argumentó que el día de los hechos se encontraba bajo un alto estrés laboral.
“El Órgano Interno de Control de la dependencia la sancionó con la destitución de su cargo e inhabilitación en el servicio público por 6 meses, por lo que promovió juicio de nulidad bajo el argumento de que el día de los hechos estaba bajo un alto estrés laboral”, se lee en la sentencia.

El caso llegó al Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito quien recalcó que los niños tienen derechos a ser protegidos en su integridad personal y su dignidad humana contra toda forma de violencia o abuso físico o mental, por leve que sea.
Además, precisó que todos los servidores públicos que por sus funciones tengan a su cargo el cuidado de menores de edad no pueden ejercer cualquier maltrato físico en su contra, aun con el ánimo de corregirlos.
“El estrés laboral de los servidores públicos o el estado de alteración de las niñas, niños o adolescentes a su cargo no es causa de exclusión de la responsabilidad administrativa por actos de violencia que ejerzan en su contra, por leve que sea” sentenció el Tribunal.
En ese sentido, la sentencia del Tribunal fue en contra de la enfermera sosteniendo la sanción del Órgano Interno de Control del IMSS.
La decisión del Tribunal fue por unanimidad de votos. La sentencia fue emitida el 6 de octubre de 2023, sin embargo, llegó a la página de la SCJN hasta el 24 de mayo de 2024.
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