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INE, sin atribuciones para cancelar candidaturas del 1º de junio: consejeros


Camacho y Georgina Saldierna

 

Periódico La Jornada
Miércoles 7 de mayo de 2025, p. 7

Consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE) señalaron que este órgano no tiene atribuciones para cancelar candidaturas de la elección judicial, pues la revisión de expedientes de aspirantes tocó a los tres comités de Evaluación, uno por cada poder de la Unión, no al instituto.

En mesa semanal, los consejeros estudiaron el tema y –en un hecho poco común– coincidieron en que es necesario dar al Senado una respuesta formal en sesión de Consejo General, programada para el jueves.

Consultada al respecto, la consejera Norma de la Cruz dijo que es curioso que en distintos oficios se solicita al INE cancelar registros, de ahí la importancia de responder, tanto a los remitentes como a la ciudadanía, que en este proceso el instituto no hizo los registros, por lo tanto no podemos cancelarlos.

Indicó que el Legislativo ha señalado 26 casos de personas candidatas no elegibles, lo cual es un porcentaje ínfimo respecto al total de 3 mil 414 candidaturas, cuyos nombres ya están impresos en las boletas. La reforma judicial dio al INE sólo el papel de organizador de los comicios y recibió –el pasado 12 de febrero de manos del presidente del Senado– la lista de candidaturas.

Así que “no es lo mismo que nos digan: ‘INE, estos ya no juegan’ a ‘INE, sácalos del juego’; nosotros no podemos hacer eso”, subrayó De la Cruz.

El INE se limitará a llevar a cabo dos acciones, la primera es abrir un buzón para facilitar a toda la ciudadanía y a las organizaciones de la sociedad civil el envío de documentos a partir de los cuales se presuma que alguna de las personas candidatas (ganadoras) no llenan los requisitos establecidos por la Constitución y la ley electoral, en lo relativo a la llamada 8 de 8 contra la violencia, más dos causas adicionales, ser deudor de pensión alimentario o prófugo de la justicia. La segunda será después de la elección y de los cómputos de los sufragios, antes de la emisión de las constancias de mayoría a los ganadores.

Pero lo que sí es bien importante mencionar es que en este momento procesal nosotros no podemos cancelar registros de candidaturas, subrayó la consejera.

Capacidades limitadas de revisión

Por su parte, Andrés García Repper, integrante del extinto Comité de Evaluación del Poder Legislativo, defendió el trabajo de esta instancia al señalar que las capacidades de revisión de los encargados de seleccionar a los aspirantes eran limitadas.

El abogado dijo en entrevista que el comité hizo un proceso completo de revisión documental de los candidatos, tanto de los que se inscribieron ante el Poder Legislativo como los que lo hicieron ante el Judicial, cuyos miembros renunciaron y soltaron el arpa para no hacer nada.

Aseguró que el comité pidió información de los aspirantes a distintas instancias públicas, pero aun así hubo casos cuya revisión escapó de las facultades de los seleccionadores, como el de una persona candidata que al parecer estuvo presa en Estados Unidos por narcomenudeo.

“Entiendo que digan ‘se les colaron’. Sí, pero hay cosas que uno no puede prever, menos si nada más eres un comité que evalúas con base en documentos, pero estamos muy satisfechos del trabajo exhaustivo que hicimos”, indicó.



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