Reto para la futura Corte, designar a 3 de 5 integrantes del OAJ del Poder Judicial
Gustavo Castillo y César Arellano
Periódico La Jornada
Lunes 19 de mayo de 2025, p. 8
La designación de los cinco integrantes del Órgano de Administración Judicial (OAJ) será una nueva batalla en la integración del futuro Poder Judicial de la Federación (PJF), pues sus decisiones ya no dependerán del presidente de la Corte ni de impartidores, sino de determinaciones colegiadas que asuman tres personas designadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Este órgano surgido de la reforma al PJF tendrá entre sus atribuciones el manejo presupuestal y la fiscalización de la Corte, de los tribunales y juzgados, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), así como del Tribunal de Disciplina Judicial.
En el PJF hay corrientes que buscan que sean los actuales integrantes del máximo tribunal los que decidan quiénes serán sus tres representantes, lo cual, advierten, beneficiaría los intereses de la ministra Norma Lucía Piña Hernández y de consejeros de la Judicatura que decidieron no participar en los comicios del 1º de junio y concluirán sus cargos en agosto.
La ministra Lenia Batres afirmó que la designación de los tres representantes del OAJ será la primera acción que realice la nueva Corte, y que se sumarán a los que determinen el Poder Ejecutivo y el Senado de la República.
La disputa por quiénes deben designar a los miembros del órgano surge de lo estipulado en el último párrafo del artículo sexto transitorio de la reforma al PJF, que establece: Las personas que integren el pleno del Órgano de Administración Judicial a que se refiere el artículo 100 del presente decreto deberán ser designadas para iniciar sus funciones el mismo día en que rindan protesta las magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial. Para la designación de las tres personas integrantes del órgano de administración judicial que correspondan al pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se requerirá por única ocasión del voto de ocho de sus integrantes
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El punto es que los nuevos integrantes de la Corte asumirán su cargo el 1º de septiembre; en el máximo tribunal del país se han rechazado los intentos por que las decisiones se asuman por un pleno de nueve ministros, ya que en la actualidad tiene 11 integrantes y la ley establece ocho togados.
La trascendencia del OAJ radica en las siguientes facultades: “contará con independencia técnica y de gestión, y será responsable de la administración y carrera judicial del PJ.
Tendrá a su cargo la determinación del número, división en circuitos, competencia territorial y especialización por materias de los tribunales colegiados de circuito, de los tribunales colegiados de apelación y de los juzgados de distrito; el ingreso, permanencia y separación del personal de carrera judicial y administrativo, así como su formación, promoción y evaluación de desempeño; la inspección del cumplimiento de las normas de funcionamiento administrativo del PJ.
Sus integrantes durarán en el cargo seis años improrrogables
, la presidencia del órgano durará dos años y será rotatoria, y sus integrantes deben contar con experiencia profesional mínima de cinco años y tener título de licenciatura en derecho, economía, actuaría, administración y contabilidad
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Asimismo, contará con un órgano auxiliar con autonomía técnica y de gestión denominado Escuela Nacional de Formación Judicial responsable de diseñar e implementar los procesos de formación, capacitación, evaluación, certificación y actualización del personal de carrera judicial y administrativo del PJF, sus órganos auxiliares y, en su caso, del personal de los Poderes Judiciales locales, fiscalías, defensorías públicas, organismos de protección de los derechos humanos, instituciones de seguridad pública y del público en general, así como de llevar a cabo los concursos de oposición para acceder a las distintas categorías de la carrera judicial
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Batres señaló la importancia de este nuevo órgano: ya no va a haber ni ministra presidenta ni magistrados o jueces que puedan ser parte del CJF; el OAJ va a ser un órgano nombrado para eso, para administrar. Es muy importante esta separación porque se separan también los intereses
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