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SCJN aprueba licencia laboral a progenitores de bebés con discapacidad


Iván Evair Saldaña

 

Periódico La Jornada
Domingo 11 de mayo de 2025, p. 6

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que tanto la madre como el padre de un recién nacido con alguna discapacidad tienen derecho a una licencia laboral de tres meses para cuidar a su bebé, adicional a la licencia que por ley ya les corresponde. Aunque el beneficio sólo será aplicable en Baja California Sur, la decisión sienta un precedente por parte del máximo tribunal del país.

En sesión, los ministros invalidaron una porción de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de Estado y Municipios de Baja California Sur, derivado de la acción de inconstitucionalidad 181/2023 promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

“Resultaría una discriminación directa establecer que fueran únicamente las mujeres trabajadoras –quienes tradicionalmente han tenido asignadas las tareas de cuidado–, quienes solicitaran este tipo de licencia, y que sus parejas estuvieran legalmente impedidos de pedir esa prórroga; esto conllevaría a reproducir esquemas en los que un integrante de la familia debe sobrellevar una carga mayor en relación con las labores de cuidado en función de su género”, explicó el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.

El proyecto de Pardo también analizó si la distinción entre las licencias de maternidad por tres meses contra la de paternidad de 10 días es constitucionalmente válida. El resultado plasmado no logró evadir los estereotipos de género y vulneró el derecho de las infancias a la salud y a vivir en familia, agregó.

La votación de otros puntos del proyecto se llevará a cabo el lunes.



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